Recientemente ofrecí una conferencia en la Universidad de Puerto Rico recinto de Arecibo. Fui invitada por una asociación de estudiantes para hablar sobre la igualdad de las féminas en el escenario laboral por la semana de la Erradicación de la Violencia Contra la Mujer.
Para conocer mi audiencia y generar el diálogo comencé con tres premisas. Las cuales representan ideas ampliamente difundidas relacionadas al desarrollo y estado de la mujer en nuestro país. A continuación las mismas:
Lo cierto es que nuestra isla se ha destacado por ser pionera en la aprobación de políticas públicas relativas a los derechos de la mujer no sólo en la región caribeña, sino también en la latinoamericana. En el ámbito laboral en particular, sobrepasamos la cobertura de varios estados de los EE. UU. Veamos un resumen a continuación. La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Nuestra Constitución establece en el Artículo II- Carta de Derechos, Sección 1ra que: “La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas…” También establece en la Sección 8va que: “Toda persona tiene derecho a protección de ley contra ataques abusivos a su honra, a su reputación y a su vida privada o familiar.” Nuestro país cuenta con una Constitución en la que se definen y protegen los derechos fundamentales de los hombres y las mujeres. La misma nos traza un mapa para nuestras interacciones o relaciones, incluidas las del Estado con los ciudadanos. Impulsando así una sociedad civilizada que se sostiene de un orden y dónde se promueve la justicia, la honra, la armonía y la igualdad entre los ciudadanos. El primer paso para conocer realmente nuestro actual derecho y exigirlo en caso de violación a derechos civiles constitucionales, es revisitando nuestra Carta Magna. Tenemos el deber de enseñarla a los más jóvenes y a todos los ciudadanos de Puerto Rico. Leyes Concretas A Favor De La Mujer Conozcamos algunos acontecimientos legislativos o jurídicos en la promoción de la igualdad y el empoderamiento de las mujeres en Puerto Rico. Esta lista sólo contiene un resumen, a mi entender significativo, no es exhaustiva de la totalidad de derechos adicionales vigentes. 1. Ley Núm. 3 del 1942. Según enmendada, para proteger a las madres obreras y establece término de licencias por maternidad, incluyendo embarazos abortados. 2. Ley Núm. 100 del 1959. Proteger a los empleados y aspirantes contra actos discriminatorios por razón de edad, raza, color, sexo, origen nacional o social, matrimonio, ideas políticas o religiosas. 3. Ley Núm. 69 del 1985. Para garantizar la igualdad de derecho al empleo, tanto del hombre como de la mujer, prohibiendo las actuaciones de discrimen, etc. 4. Ley Núm. 17 del 1988. Prohibir el hostigamiento sexual en centros de empleo. 5. Ley Núm. 188 de 26 de diciembre de 1997. Que impone al patrono la pena de suspensión o revocación de licencia para hacer negocios o ejercer su profesión, en los casos que despida por razón de embarazo o negare a una madre obrera el período de descanso por alumbramiento; aumenta a $5,000.00 la multa máxima por violación a estas disposiciones. 6. Ley Núm. 16 de 10 de enero de 1998. Que establece las normas a seguir en cuanto a evidencia sobre conducta constitutiva de hostigamiento sexual. 7. Ley Núm. 129 de 17 de julio de 1998. Que elimina disposiciones discriminatorias sobre el ejercicio del comercio por mujer casada. 8. Ley Núm. 3 de 4 de enero de 1998. Que prohíbe el hostigamiento sexual contra estudiantes en instituciones de enseñanza. 9. Ley Núm. 181 de 30 de julio de 1999. Equiparando los derechos de la licencia por maternidad de las mujeres adoptantes con los de las madres biológicas. 10. Ley Núm. 212 de 3 de agosto de 1999. Que ordena a las agencias públicas a implantar planes de Acción Afirmativa para garantizar que no se discrimine contra ningún(a) empleado(a) o aspirante a empleo por razón de género. 11. Ley Núm. 233 del 13 de agosto de 1999. Que considera el historial de conducta previa de violencia doméstica para la adjudicación de custodia. 12. Ley Núm. 284 de 21 de agosto de 1999. Ley contra el Acecho en Puerto Rico, entre otras. 13. Ley Núm. 245 de 28 de octubre de 2000. Que obliga al patrono a pagar la totalidad del salario a la obrera en período de descanso por maternidad. 14. Ley 427-2000. Según enmendada, “Ley para Reglamentar el Período de Lactancia o de Extracción de Leche Materna”, 15. Ley 20-2001. Según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”, incluyendo, pero sin limitarse, a la imposición de multas administrativas. OPM puede imponer y ejercer fiscalización en las agencias de gobierno, municipios y empresas privadas de aquellas políticas favorecedoras a las mujeres. 16. Ley Núm. 129 de 2005. “Ley de Reservas en las Compras del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. Según enmendada el 12 de enero del 2020, dispone una preferencia en compras gubernamentales para incluir al sector de las pequeñas y medianas empresas. Garantizando el 50% del porciento escalonado exigido por la ley a mujeres empresarias residentes de Puerto Rico. 17. Ley Núm. 9 de 3 de enero de 2019. Ley de la “Carta de Derechos de la Mujer Trabajadora”. Compilación general de leyes para garantizar que las mujeres conozcan sus derechos y protecciones en su lugar de empleo. 18. Ley Núm. 11 del 3 de enero de 2020. Para enmendar el Artículo 2.3 de la Ley Núm. 54 de 1989, Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. A fin de que las madres, padres, hijas e hijos mayores de edad, puedan solicitar órdenes de protección a favor de sus hijos, hijas, madres o padres, víctimas de violencia doméstica. 19. Ley Núm. 10 del año 2020. Ley del Derecho a la Detección Efectiva del Cáncer del Seno. Reconocimiento Sobre La Figura De La Mujer En Puerto Rico Veamos algunos días conmemorativos alusivos a la mujer en Puerto Rico: 1. Ley Núm. 383-2000. Uso del 911, esta ley prohíbe el uso restringido del sistema de emergencia por los planes por seguro médico de las mujeres embarazadas. 2. Ley Núm. 176 -2001. Mes contra la Violencia Doméstica. 3. Ley Núm. 93-2003. Semana de la Protección y amparo del Proceso de Gestación Seguro y Saludable en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 4. Ley Núm. 327-2004. Semana de la Mujer en Puerto Rico. 5. Ley Núm. 75-2006. Día para garantizar Igual Paga. 6. Ley Núm. 228-2006. Prevención de Cáncer del Seno en Puerto Rico. 7. Ley Núm. 271-2006. Prohibición al discrimen contra la víctima de violencia doméstica. La Educación y La Mujer En Puerto Rico Durante las últimas décadas en Puerto Rico se ha constatado que la educación ha representado uno de los mayores adelantos y avances para las mujeres. La enseñanza superior en la isla se imparte de manera mayoritaria a la población femenina. Las mujeres representan la mayor matrícula en los niveles de educación superior en Puerto Rico. Los estudios indican que en las últimas dos décadas los estudiantes universitarios están representados por mujeres siendo ellas el 60% de la población estudiantil. El Mercado Laboral y La Mujer En Puerto Rico En el escenario laboral la mujer ha aumentado su participación en las ocupaciones profesionales, en donde más de la mitad de los puestos son ocupados por ellas. Para el 1970 el 36% de las mujeres ocupaban plazas pertenecientes a trabajos profesionales y de oficina. Luego de 40 años, la mujer ha aumentado su participación. Para el 2010 el estimado de mujeres en puestos profesionales representaba el 58 %. Y la “brecha salarial” entre los hombres y las mujeres es menor que la prevaleciente a nivel nacional en la mayoría de las clasificaciones ocupacionales esto reflejado en los promedios estadísticos. ¿Estamos Desinformados Sobre La Realidad En Cuanto Al Desarrollo De La Mujer En Puerto Rico? En resumen, luego de haber examinado la literatura, la legislación y otros aspectos relevantes al entorno social hacia el desarrollo de las mujeres, através de las décadas en Puerto Rico, podemos aseverar que:
En El Desarrollo Siempre Hay Asuntos Por Trabajar No se niega que aún tenemos graves asuntos que atender, como por ejemplo:
Examinando El Contexto Para Ser Realmente Inclusivos Estemos atentos y claros en que todos los factores anteriormente mencionados no se limitan exclusivamente a las mujeres, ¡Nos afectan a todos! Querer seccionarlos y presentarlos como - distintivos a la mujer- es la mentira y el pretexto perfecto para continuar impulsando a perpetuo una mentalidad de víctima en las mujeres. Esa perpetuidad de la victimización fuera de contexto, es lo que tanto necesitan algunos grupos autodenominados ‘feministas’ para poder existir y hacerse relevantes. Esos grupos o sujetos con dicha mentalidad totalitaria y unidireccional, son parte de lo que se denomina como el negocio de la violencia. Para acceder a fondos, no les conviene basar su lucha en datos reales y comprensivos, pues se les vendría abajo la financiación de sus organizaciones, como tribuna para sembrar sus ideologías. Ideologías, en muchos casos, bastante extremistas que constantemente rechazan de manera visceral a otras propuestas distintas o fundamentadas en el análisis basado en evidencias. Puerto Rico Es De Todos Puerto Rico es nuestro, de los jóvenes y los adultos, de los hombres y las mujeres. Tenemos la responsabilidad moral de cuidar y desarrollar nuestro país. No neguemos, ni ocultemos los avances. No neguemos, ni ocultemos las fallas y los factores que debemos enfrentar y atender. Seamos honestos y diligentes con el mensaje que le presentamos a la población. Estimulemos y eduquemos en las prácticas que mejoran las relaciones humanas, la comunicación, el respeto y la igualdad entre las personas. Promovamos la resolución sana de los conflictos, la cooperación, la empatía, el civismo, la responsabilidad individual y colectiva. Fortalezcamos el valor del trabajo, el sacrificio y el esfuerzo. Estimulemos y celebremos el trabajo en equipo y en complementariedad de los hombres y las mujeres. Hombres y mujeres, en equipo, somos las piezas claves para el desarrollo y el florecimiento de nuestra nación. Los puertorriqueños no debemos aceptar el retroceso, ni los prejuicios. Tampoco debemos permitirnos la desinformación. Debemos fortalecer las medidas y los adelantos que nos han servido bien y exponer, con valentía, nuestros verdaderos problemas. Más importante aún generemos la disponibilidad y la buena gana, desde cada sector del país, para atenderlos con estrategias veraces y efectivas. Lcda. Ellyam V. Martínez González, Consejera Profesional
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AutorEllyam V. Martínez Consejera Profesional Licenciada. Especialista en familia. Certificada en Traumatología, Salud Mental y Adicciones. Intercesora en casos de Violencia Doméstica.. Archivos
Noviembre 2020
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